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2014

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Descendiente ]

Visto:

La proyecto de adhesión al Programa de Inserción Laboral para organismos públicos, presentado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Apóstoles y la Resolución N° 1964/14 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y;

Considerando:

Que a través de la Resolución 1964/14 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación actualiza el reglamento del Programa de Inserción Laboral;

Que en su artículo 2o amplía el universo de destinatarios de sus acciones, comprendiendo a los trabajadores que presten servicios en las oficinas públicas de la Red de Servicios de Empleo;

Que en su artículo 7o posibilita la adhesión de organismos públicos municipales;

Que en su artículo 8o contempla un plazo máximo de adhesión de 24 meses;

Que en su artículo 9o establece una ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de $4500 (pesos cuatro mil quinientos);

Que en el ámbito de la oficina de Empleo de Apóstoles y dentro del marco del programa de inserción laboral antes nombrado, el Ejecutivo Municipal propone la contratación de cuatro nuevos trabajadores, categoría 12 del escalafón Municipal;

Que el Honorable Concejo Deliberante considera conveniente aprobar dicha propuesta;

VISTO: La Ordenanza N° 33 y el Convenio Complementario N° 2 del convenio 2149 " 6 (Seis) Viviendas Progresivas Dispersas - Iprodha Apostóles" y;

CONSIDERANDO: Que se recepcionó del Iprodha el Convenio complementario mencionado en los vistos, a través del cual el Iprodha se compromete a financiar mediante el aporte de $ 111.109,14 (Pesos Ciento once mil ciento nueve con 14/100.-) la recomposición a los desembolsos fijados en el Convenio N° 2149 correspondientes a materiales y mano de obra calificada para la obra "6 (seis) Viviendas Progresivas Dispersas Iprodha Apóstoles”; Que es necesario incrementar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2014 en el importe de $ 111.109,14 (Pesos: Ciento once mil ciento nueve con 14/100.-)

VISTO:

El Plan Nacional de Telecomunicaciones "Argentina Conectada"; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1552/2010 se creó dicho Plan, para la implementación del Programa Núcleos de Acceso al Conocimiento (NAC);

Que el objetico primario de un "NAC" consiste en establecer un punto de acercamiento social a las tecnologías digitales permitiendo el uso gratuito de estas herramientas por parte de personas y grupos que presentan algún grado de dificultad o barrera para hacerlo, producto de su situación de vulnerabilidad social, económica o de alejamiento geográfico.

Que conforme lo cual, el "NAC" consiste en la implementación de un espacio público de aprendizaje y apropiación de habilidades informáticas, de participación comunitaria e inclusión social, un disparador de iniciativas y emprendimientos productivos, un espacio de aprendizaje de oficios, un espacio de valoración cultural del espacio territorial del que el "NAC" es parte, un espacio de inserción cultural (tv, cine, etc.), un espacio de acceso a la información y al conocimiento del interés de cada participante y un punto de contacto entre políticas públicas y el ciudadano.

VISTO: Los Artículos N° 167 y N° 170 de la Constitución Provincial, la Carta Orgánica Municipal; y CONSIDERANDO: Que es necesario fijar las Remuneraciones, Suplementos Varios y Asignaciones Familiares para las Autoridades Superiores y Personal de la Municipalidad de Apóstoles, Autoridades y Personal del Juzgado de Faltas, Autoridades y Personal del Honorable Concejo Deliberante para el Ejercicio año 2015.

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar los montos máximos en concepto de Caja Chica, Caja de Cambio, y Ayudas Económicas para el Ejercicio año 2015.

VISTO:

El Convenio de Cooperación suscripto entre el SISTEMA PROVINCIAL DE TELEDUCACIÓN Y DESARROLLO -SiPTeD-, la MUNICIPALIDAD DE APOSTÓLES (Mnes.) y el CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 6, "JULIÁN TARNOWSKI" y;

CONSIDERANDO:

QUE con el mencionado convenio acuerdan la creación de un NÚCLEO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA; en la localidad de Apóstoles (Mnes.) el que funcionará dentro de los lineamientos que rigen a este sistema;

QUE, a efectos de acompañar la ejecución del citado Convenio, se establecen compromisos por parte de las Instituciones que se detallan en las cláusulas que lo conforman;

QUE, tal procedimiento está de acuerdo con las Disposiciones enunciadas en la Ley N° I- 54 (ex Ley 2161/84) y Decreto Reglamentario N° 4762/84, existiendo disponibilidad financiera.

VISTO: El Expte Nº 185-14, una Solicitud presentada por el Vecino Siverio Manuel Dáttoli, DNI 4.117.481; y CONSIDERANDO: Que ante la construcción de una remodelación de local comercial de propiedad del solicitante no se han respetado las dimensiones resultantes en cuanto a la Ochava pertinente; QUE los demás detalles de construcción cumplen con las Legislaciones vigentes en todos sus aspectos; QUE la Comisión Nº1 ha emitido el DICTAMEN Nº 30-14, considerando todos los aspectos analizables en esta temática, dado que se trata de una obra ya realizada, considerando en forma excepcional el mismo se ha decidido, de manera mayoritaria, acceder a fin de dar solución a la situación planteada, recibiendo igual voto del Cuerpo en pleno; QUE este Alto Cuerpo en consideración de las Atribuciones que le son conferidas, procede consecuentemente;

El Expte Nº 191-14, una Solicitud presentada por la Arq. DINA G. SANSALONI, DNI 22.217.220, MP 2580, CONSIDERANDO: Que la solicitante realiza su presentación peticionando autorización para la construcción de 6 vallas verticales en la esquina de Warenycia y Moreno, frente al local en construcción del cual es Profesional responsable; Que las mismas tendrían una función atenuante de posibles impactos, dado que el sector es ampliamente transitado por vehículos de diversidad de portes; QUE la Comisión Nº1 ha emitido el DICTAMEN Nº 31-14, considerando todos los aspectos analizables en esta temática, analizados antecedentes, considerando en forma excepcional el mismo se ha decidido, de manera mayoritaria, acceder a fin de dar solución a la situación planteada, recibiendo igual voto del Cuerpo en pleno; QUE este Alto Cuerpo en consideración de las Atribuciones que le son conferidas, procede consecuentemente;

VISTO

El Convenio N° 2297 entre el Iprodha y la Municipalidad de Apóstoles y;

CONSIDERANDO:

Que se ha firmado con el Iprodha el Convenio N° 2297 dentro de la operatoria Techo;

Que el Iprodha se compromete a otorgar un aporte no reintegrable a los efectos de financiar la operatoria Techo, consistente en la adquisición y montaje de 283 Kits de materiales para la reposición de cubiertas de Techo por la suma de $ 2.830.000, correspondiente $ 2.575.300 para los materiales componentes del Kit y $ 254.700 para mano de obra calificada, los mismos incluyen flete y/o gastos administrativos que se utilice;

Que en función a la época del año que nos encontramos, es necesario también autorizar a transferir los saldos presupuestarios no ingresados y no ejecutados al ejercicio siguiente.

Visto y Considerando: Que el 04 de Diciembre del 2014 se percibió la suma de Pesos Cincuenta y dos mil ochocientos quince pesos $ 52.815,00 en concepto de Ingreso de Plan Sumar. Que con la percepción de dicho importe se supera ampliamente el ingreso presupuestado para presente ejercicio. Que es necesario incrementar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del presente ejercicio en Plan Sumar

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