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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2016

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Ascendiente ]

TÉNGASE por ORDENANZA GENERAL FISCAL-PARTE TRIBUTARIA- para la Municipalidad de Apóstoles, la que se establece a continuación y con aplicación a partir del 1º de Enero del 2017.-

FÍJASE a partir de 01 de enero de 2017 las remuneraciones básicas de las Autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal..

ESTIMASE en la suma de Pesos: Ciento cincuenta y nueve millones quinientos mil ($ 159.500.000) el Cálculo de Recursos para el Ejercicio Año 2017, de acuerdo a las Planillas discriminativas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

FIJASE a partir del 1o de Enero del Año 2.017, los montos máximos para los siguientes conceptos:

Caja Chica $ 4.500,00 (Pesos: Cuatro Mil Quinientos.-)
Caja de Cambio $ 1.500,00 (Pesos: Un mil quinientos.-). Por cada caja.
Fondo Ayudas Económicas $ 7.500,00 (Pesos: Siete mil quinientos).- Destinado a brindar ayudas económicas..

INSTITUYESE oficialmente el año 2017, como el Año del Bicentenario de la Batalla de Apóstoles, por las fundamentaciones precedentemente descriptas, en el municipio de Apóstoles.-

AUTORÍCESE al DEM a realizar la rescisión delSeguro de Vida Obligatorio póliza Nº 5140-9982111-01, contratado con Caja de Seguros S.A. CUIT-30-66320562-1, a partir de 01 de febrero de 2017.

ESTABLÉCESE el pago de una suma no remunerativa de Pesos Dos Mil ($2.000,00) por única vez a abonar a todo el Personal Permanente del Escalafón Municipal, Personal Contratado con Relación de Dependencia, Personal del HCD, Secretarios y Concejales del HCD, Juez de Faltas y Personal del Juzgado de Faltas y Autoridades Municipales, en el mes de diciembre de 2016.

OTÓRGUESE subsidio no reintegrable de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) mensuales a la empresa Río Uruguay SRL, desde el mes de enero a diciembre de 2016.

FIJASE a partir del 1o de enero del año 2017 el siguiente cuadro tarifario por la prestación del servicio de la Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Río Uruguay:
Boleto General con SUBE……………. $ 11,50 (Pesos Once con 50/100)
Boleto B° Estación con SUBE……… $ 12,00 (Pesos Doce)
Boleto General sin SUBE……………..$14,50 (Pesos Catorce con 50/100)
Boleto Bº Estación sin SUBE…………$15,00 (Pesos Quince)

AUTORIZACE al Ejecutivo Municipal a financiar la Mano de Obra para la Ejecución de 131,00 Metros Lineales (Ml) de Cordones Cunetas sobre Calles Continuación Suipacha entre San Juan y Mendoza, del Barrio lote Agrícola Nº 66, de esta Ciudad, con el Fondo Provincial de la Soja.

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