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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

2016

DocumentosFecha publicación

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APRUÉBESE el Convenio entre la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Obras Públicas y Viviendas y la Municipalidad de Apóstoles para la adquisición de equipamientos informáticos detallados en los considerandos de la presente ordenanza:

La presente ordenanza reconoce en el deporte, a nivel comunitario, una finalidad social, por lo que tiene los siguientes objetivos.....

CONDONASE la deuda en concepto de Tasa Retributiva de la Propiedad del inmueble identificado catastralmente como DEP. 01. MUN. 04. SECC. 02. CHAC. 00000. MZ. 0000. PARC. 0660 Contribuyente N° 9047, por los periodos 2015 y 2016, y por los motivos expuestos en los considerandos.

CONDONASE la deuda en concepto de Tasa Retributiva de la Propiedad del inmueble identificado catastralmente como DEP. 01. MUN. 04. SECC. 02. CHAC. 00000. MZ. 0000. PARC. 0661Contribuyente N° 9045, por los periodos 2014 y 2015, y por los motivos expuestos en los considerandos.

APRUÉBESE la firma del Convenio Marco de Pasantía entre la Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles, representada en este acto por el Sr. Intendente Mario Ramón Vialey DNI N° 17.562.454, con domicilio en Avenida Juan de San Martín 70 de la Ciudad de Apóstoles, en adelante la MUNICIPALIDAD, y la Universidad de Congreso....

AUTORIZASE la apertura de la Caja Chica en la órbita de la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles, por un monto equivalente a un (1) Sueldo Básico de la categoría inicial del escalafón municipal en forma mensual a partir del 1 de enero de 2017.

AUTORIZACE al Ejecutivo Municipal a financiar la Compra de Materiales de Construcción para la Ejecución de 131,00 Metros Lineales (Ml) de Cordones Cunetas en Calles Continuación Suipacha entre San Juan y Mendoza, del Barrio lote Agrícola Nº 66, de esta Ciudad, de esta Ciudad, con el Fondo Provincial de la Soja.

AUTORIZACE al Ejecutivo Municipal a financiar la Mano de Obra para la Ejecución de 131,00 Metros Lineales (Ml) de Cordones Cunetas sobre Calles Continuación Suipacha entre San Juan y Mendoza, del Barrio lote Agrícola Nº 66, de esta Ciudad, con el Fondo Provincial de la Soja.

FIJASE a partir del 1o de enero del año 2017 el siguiente cuadro tarifario por la prestación del servicio de la Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros Río Uruguay:
Boleto General con SUBE……………. $ 11,50 (Pesos Once con 50/100)
Boleto B° Estación con SUBE……… $ 12,00 (Pesos Doce)
Boleto General sin SUBE……………..$14,50 (Pesos Catorce con 50/100)
Boleto Bº Estación sin SUBE…………$15,00 (Pesos Quince)

OTÓRGUESE subsidio no reintegrable de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) mensuales a la empresa Río Uruguay SRL, desde el mes de enero a diciembre de 2016.

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