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Juan de San Martín 84  | Tel. (03758) 422739  | CP N3350 |email concejo@apostoles.gov.ar

Detalles para ORDENANZA Nº 57 - 14
PropiedadValor
NombreORDENANZA Nº 57 - 14
Descripción

VISTO:

Lo establecido en el Artículo 66 de la Carta Orgánica Municipal y el Artículo 167 de la Constitución Provincial; y,

CONSIDERANDO:

QUE, es necesario establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio del Año 2015;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APÓSTOLES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ESTIMASE en la suma de Pesos: Ciento once millones quinientos ocho mil quinientos treinta y seis   ($ 111.508.536,00) el Cálculo de Recursos para el Ejercicio Año 2015, de acuerdo a las Planillas discriminativas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: FIJASE en la suma de Pesos: Ciento once millones quinientos ocho mil quinientos treinta y seis   ($ 111.508.536,00) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Año 2015, de acuerdo a las Planillas discriminativas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3º: INCORPORASE como Anexo II de la presente Ordenanza el Plan de Obras Públicas para el Ejercicio 2015.-

Artículo 4º: AUTORICESE al Ejecutivo Municipal a celebrar y firmar Convenios en representación del Municipio de Apóstoles, siempre que impliquen la recepción de subsidios y/o aportes no reintegrables con afectación especial y/o específica, para la ejecución de proyectos a cargo del Municipio, a efectos de otorgarle celeridad a la implementación de los mismos, remitiéndolos al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento.

Artículo 5º: AUTORICESE al Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la incorporación al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Gastos  de los programas y/o convenios, señalados en el considerando anterior con afectación especial, por resolución municipal.

Artículo 6º: REFRENDARA la presente el Secretario del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Apóstoles.

Artículo 7º: REGISTRESE, Comuníquese, Remítase copia al DEM, al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Misiones, y Cumplido ARCHIVESE.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APOSTOLES EL DIA 03 DE DICIEMBRE DE 2014.-

Tamaño278.65 kB
Tipopdf (Tipo Mime: application/pdf)
Creado 04.12.2014 00:00
DueñosTodo el Mundo

xx

Concejo Deliberante

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